Mocoa: la paradoja del cobre y la “licencia social” en territorio sagrado

Leni Viviana Murcia Naranjo – Docente Líder del Observatorio de Derecho Agrario de Uniagraria
Jimena Carrillo Rodríguez, Andrey Nicolás Aldana Quiroga, Noelia Alejandra Díaz Merchán – Estudiantes de Derecho vinculados al Observatorio de Derecho Agrario de Uniagraria

Este artículo es resultado de un proceso de monitoreo y análisis desarrollado por el Observatorio de Derecho Agrario, mediante diversas metodologías de investigación socio jurídica. Su propósito es visibilizar las problemáticas de justicia ambiental que atraviesa el país y aportar a la reflexión sobre los desafíos que enfrenta Colombia en la protección de sus territorios, ecosistemas y comunidades.

Mocoa, en el departamento del Putumayo, es uno de los rincones más biodiversos de Colombia. Allí, donde los Andes se disuelven en la Amazonía, la naturaleza cumple funciones vitales para el equilibrio hídrico y climático del país, pero para los pueblos indígenas, como el pueblo Inga del resguardo Condagua -Mocoa no solo es territorio-, sino que es memoria, espiritualidad y vida.

Desde que en la década de 1970 se descubrieron yacimientos de cobre, la región ha sido objetivo de empresas mineras nacionales y extranjeras. Hoy, el turno es de Libero Cobre, una multinacional canadiense que explora las montañas de Mocoa para calcular la magnitud de los yacimientos y definir la rentabilidad de su explotación.

El debate, sin embargo, trasciende la geología. Lo que está en juego no es solo un proyecto minero, sino el modelo de desarrollo del país. De un lado, el discurso de la “transición energética”; del otro, los derechos de las comunidades indígenas y la supervivencia de un ecosistema que no admite más heridas.

Como advirtió Orlando Fals Borda, los poderes económicos suelen camuflar la dominación bajo la apariencia de cooperación. En el contexto actual, esta afirmación cobra vigencia en la manera como las empresas multinacionales despliegan discursos de “responsabilidad social” y “desarrollo sostenible” para justificar intervenciones extractivas en territorios vulnerables. Bajo la retórica de la participación comunitaria, se reproducen relaciones de dependencia que perpetúan la desigualdad y desdibujan la autonomía de los pueblos. Las promesas de inversión social, educación o infraestructura funcionan como una nueva forma de control simbólico: no se impone por la fuerza, sino por la necesidad y la carencia histórica. Así, el poder económico logra legitimarse mediante acuerdos que aparentan diálogo, pero que en realidad consolidan un modelo de subordinación profundamente arraigado en la estructura del Estado y en la lógica del capital global.

En septiembre de 2025, Libero Cobre anunció que había culminado la consulta previa con la comunidad indígena Inga Condagua, cuyo territorio se superpone con parte de los títulos mineros entregados por el Estado. Según la empresa, los acuerdos alcanzados “garantizan certeza a largo plazo para las actividades en curso, al tiempo que fortalecen un marco de colaboración basado en el respeto por la autodeterminación, la preservación cultural y la gestión ambiental compartida”.

La compañía celebró lo que denominó una “licencia social” para operar. El término, aunque no existe en la legislación colombiana, se ha vuelto común en la jerga de las multinacionales mineras: una especie de consentimiento informal que busca legitimar proyectos con la supuesta aprobación de las comunidades. El problema es que esta “licencia social” suele disfrazar una relación profundamente desigual, pues ¿puede hablarse de consentimiento libre cuando la negociación ocurre en contextos de pobreza, presión y abandono estatal?

El proceso no comenzó por iniciativa empresarial, debe recordarse que en 2022, el cabildo Condagua interpuso una acción de tutela contra el Ministerio del Interior y Libero Cobre, reclamando su derecho a la consulta previa conforme al Convenio 169 de la OIT, solo después de esa presión judicial se iniciaron las fases de preconsulta en 2024 y la consulta formal en 2025, con la participación del Ministerio del Interior, la Alcaldía de Mocoa, Corpoamazonía y la Agencia Nacional de Minería.

El 20 de septiembre de 2025 se firmó el acta final, los compromisos incluyeron:

  1. Educación intercultural para la niñez y juventud indígena.
  2. Formación en autogobierno y fortalecimiento institucional del cabildo.
  3. Integración del conocimiento ancestral y científico en la gestión ambiental.
  4. Preservación de las chagras y plantas sagradas.
  5. Investigaciones conjuntas sobre especies nativas productoras de agua.
  6. Espacios culturales y recreativos para jóvenes del resguardo.

A primera vista, los acuerdos suenan razonables, pero su contexto los vuelve cuestionables. El Estado actúa más como mediador de intereses privados que como garante de derechos colectivos, así, la consulta previa, concebida como un mecanismo de protección, termina sirviendo —otra vez— para legitimar el extractivismo.

La Organización Zonal Indígena del Putumayo (Ozip) rechazó abiertamente el acuerdo, su presidente, Marino Peña, afirmó que la decisión del cabildo Condagua no representa al conjunto del pueblo Inga ni a las comunidades amazónicas que integran la organización.

Pero el desacuerdo no es solo jurídico; también es cultural, político y espiritual. El territorio del pueblo Condagua abarca el área de Iaku Wuasi, un espacio que, más que una porción de tierra constituye el corazón simbólico de su cosmovisión. Allí se entrelazan la memoria ancestral, la medicina tradicional y la relación sagrada con la naturaleza. Para los Inga, intervenir ese territorio equivale a alterar el equilibrio entre los seres humanos y el mundo espiritual. De ahí que la resistencia a la minería no sea únicamente una posición política, sino una defensa ontológica: proteger el territorio es proteger la vida misma. En ese contexto, la discusión sobre la extracción minera trasciende los marcos legales del Estado y se inscribe en una disputa más profunda por el sentido de la existencia y el respeto a los vínculos espirituales que sostienen la identidad de los pueblos amazónicos.

La advertencia no es retórica. En 2017, un deslizamiento de tierra en Mocoa —provocado por la deforestación, el mal manejo de suelos y el cambio climático— dejó más de 300 personas muertas y miles de damnificados. La tragedia mostró con crudeza la fragilidad ambiental del territorio. Ocho años después, parece que el país no aprendió la lección.

Por otro lado, valga decir que, en junio de 2025, Corpoamazonía, autoridad ambiental de la región, ratificó una resolución que suspende las nuevas actividades mineras en más de 93.000 hectáreas del Putumayo, argumentando la extrema fragilidad ecológica y el riesgo de daños irreversibles. A finales de septiembre del mismo año, el Ministerio de Ambiente publicó para comentarios un proyecto de resolución que busca declarar a la Amazonía como zona de reserva de recursos naturales renovables definitiva. Si se aprueba, ningún proyecto sin licencia ambiental vigente podrá pasar a la fase de explotación. En otras palabras, el proyecto de Libero Cobre podría quedar frenado.

Estos movimientos normativos exponen una tensión abierta entre la política ambiental del Estado, los intereses corporativos y los derechos de los pueblos indígenas. Mientras el Gobierno habla de sostenibilidad, continúa otorgando títulos mineros en zonas donde la minería equivale a una sentencia ecológica gravosa para las comunidades.

El caso Mocoa vuelve a poner sobre la mesa un dilema incómodo: ¿la consulta previa garantiza la participación o legitima la exclusión? Formalmente, el proceso cumplió los pasos legales, pero su legitimidad material es cuestionable. Cuando el Estado llega tarde, los pueblos indígenas negocian con una mano atada y la otra extendida.

El desequilibrio informativo, la presión corporativa y la falta de acompañamiento técnico generan un consentimiento condicionado. En la práctica, la consulta previa se convierte en un trámite que valida el extractivismo bajo el barniz de la participación. Desde el punto de vista jurídico, esto implica un riesgo serio: reducir la consulta previa a una formalidad vacía erosiona el bloque de constitucionalidad que protege los derechos étnicos y ambientales (artículos 79 y 330 de la Constitución, Convenio 169 de la OIT y sentencias T-769/09, SU-123/18 y T-661/15).

Como lo advertía Alfredo Molano, en Colombia la riqueza natural ha sido maldición de los pobres. En Mocoa, esa frase vuelve a tener eco. El proceso entre Libero Cobre y el cabildo Condagua marca una nueva etapa en la disputa por la Amazonía: la del extractivismo legitimado por la retórica participativa porque, aunque los acuerdos incluyen educación y cultura, no resuelven la contradicción estructural entre minería y sostenibilidad.

Por tanto, el riesgo no solo es ambiental: es institucional. Si el Estado convierte la consulta en un simple requisito administrativo, renuncia a su deber de proteger los territorios ancestrales y abre la puerta a la captura corporativa de la política ambiental. En este caso, la defensa de la Amazonía no depende solo de fallos judiciales ni de resoluciones ministeriales, sino de la conciencia colectiva de un país que debe decidir si su desarrollo será a costa de su propia supervivencia.

El tiempo ha demostrado que la minería puede prometer regalías y empleo temporal, pero la pérdida de un río, un bosque o una vida jamás se recupera. En 2017, la montaña se vino abajo y el país lloró por unos días; después, llegó el silencio, ese olvido que entierra las causas junto con las víctimas. Ocho años más tarde, los mismos intereses vuelven a tocar la misma puerta, apelando a las mismas promesas. Mocoa no necesita una mina: necesita memoria, necesita justicia ambiental y un Estado que asuma su papel como garante del territorio, no como gestor de su despojo. La verdadera paz territorial no se firma en un papel ni se mide en cifras de inversión, se construye en el respeto por la tierra que nos sostiene y en la decisión ética-jurídica de no repetir la tragedia.

Referencias:

Agencia Nacional de Minería. (2024). Informe sobre títulos mineros vigentes en el departamento del Putumayo. Bogotá D.C.: ANM.

Corpoamazonía. (2025). Resolución No. 063 de 2025: suspensión de nuevas actividades mineras en el departamento del Putumayo. Mocoa, Putumayo.

Fals Borda, O. (1986). Conocimiento y poder popular: lecciones con campesinos de Nicaragua, México y Colombia. Bogotá: Siglo XXI Editores.

Infobae. (2025, 10 de octubre). Firma entre comunidad indígena y minera extranjera desata polémica en Putumayo: el cobre enfrenta a la Amazonía y al desarrollo. Recuperado de https://www.infobae.com/colombia/2025/10/10/firma-entre-comunidad-indigena-y-minera-extranjera-desata-polemica-en-putumayo-el-cobre-enfrenta-a-la-amazonia-y-al-desarrollo/

Instituto SINCHI. (s. f.). Minería en la Amazonia [PDF]. Recuperado de https://www.sinchi.org.co/files/publicaciones/novedades%20editoriales/pdf/Mineri%CC%81a%20en%20la%20Amazonia%20(LowRes).pdf

La Silla Vacía. (2025, septiembre 28). La minera canadiense que busca cobre en Mocoa y los acuerdos con el resguardo Condagua. Recuperado de https://www.lasillavacia.com/silla-amazonia/amazonia-en-breve/libero-cobre-firma-consulta-previa-con-resguardo-en-mocoa/

Ley 99 de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables. Diario Oficial No. 41.146 del 22 de diciembre de 1993.

Molano, A. (2008). A lomo de mula: viajes al corazón de las Farc. Bogotá: Aguilar.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (2025). Proyecto de resolución que declara a la Amazonía como zona de reserva de recursos naturales renovables definitiva. Bogotá D.C.

Organización Internacional del Trabajo. (1989). Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. Ginebra: OIT.

Organización Zonal Indígena del Putumayo – OZIP. (2025). Comunicado público sobre el acuerdo entre Libero Cobre y el resguardo Condagua. Mocoa, Putumayo.

República de Colombia. (1991). Constitución Política de Colombia. Bogotá D.C.: Imprenta Nacional.

Fotografia de: Periódico UNAL

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